martes, 11 de agosto de 2009

Cuál es la última modificación de las normas sobre Pyme

SOBRE LOS CAMBIOS A LA NUEVA LEY MYPE
¿En qué me afecta esta ley?
Los cambios a la ley de mypes entrarían en vigencia a finales de agosto próximo
Ordenémonos un poco. Hace una semana se publicaron las modificaciones a una ley que afecta directamente a las microempresas y pequeñas empresas (decreto legislativo 1086), sin embargo el plazo para que estos cambios entren en vigencia es de dos meses. Recién ahí se aplicará un nuevo reglamento y para entonces, tanto la pequeña empresa como el sector informal, deberán tener conocimiento para saber qué decisiones tomar. Aquí les damos algunos alcances.
PARA TRIBUTAR
Para el caso de las microempresas, tienen la opción de acogerse al Régimen Único Simplificado (RUS) o al Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER). En el caso del RUS, debe ser una persona natural con negocio, por ejemplo alguien que tiene una bodega, farmacia o ferretería y cuyos ingresos del año anterior no superen S/.360.000 (y en el caso de ser una empresa nueva deberá proyectar no ganar más de ese monto). El impuesto que se paga tiene 5 categorías (de S/.20 a S/.600 al mes) y reemplaza al Impuesto a la Renta y al IGV.
PARA CONTRATAR
En esta nueva ley no se contempla el pago de CTS ni gratificaciones para los trabajadores de las microempresas, pero en el caso de las pequeñas empresas sí hay cambios como la reducción de un sueldo a medio sueldo al año (CTS), de dos a un sueldo al año (gratificaciones) y también se reducen las vacaciones anuales de 30 a 15 días.
Cabe mencionar que los cambios en el ámbito laboral no se aplicarán a los actuales trabajadores. Además, se han precisado algunas limitaciones para evitar el despido y la nueva contratación del mismo trabajador.
¿QUIÉN NO JUEGA?
Si es dueño de un bar, una discoteca, juego de azar o de un negocio afín, esta ley de mypes no es aplicable a usted. También hay algunas actividades en las que un contribuyente no puede acogerse al RER, como realizar contratos de construcción, transporte de mercancías, espectáculos públicos, también los comisionistas, agentes de bolsa, de aduana, intermediarios de seguros, vendedores de inmuebles e incluso los martilleros (los que se dedican a rematar bienes).

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